Agente de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid

Requisitos para presentarse a esta Oposición

Para ser admitidos en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir el último día de presentación de solicitudes y durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos:

  • Tener la nacionalidad española
  • Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad que le permita alcanzar la jubilación.
  • Estar en posesión, o en condiciones de obtener, el Título de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero  se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso la homologación.
  • No tener antecedentes penales
  • Estar en posesión de los permisos de conducir A, B y BTP antes de la finalización del plazo de presentación de instancias
  • Acreditar la aptitud física precisa mediante la presentación de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un Colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el/la aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de  las pruebas físicas correspondientes.

Actividades a desarrollar

El Agente de Movilidad es un empleado público municipal uniformado que se dedica exclusivamente al control y dirección del tráfico. Es un Cuerpo que fue creado con el objetivo de liberar a la Policía Municipal de las labores de organización del tráfico en las grandes ciudades, para centrarse así en otras tareas relacionadas con la seguridad ciudadana.

Dependen siempre del Cuerpo de Policía Municipal o Local del ayuntamiento al que pertenecen, y siempre están supeditados a él.

Algunas de las tareas que desarrollan son:

  • Velar por el cumplimiento de las normas de circulación y estacionamiento
  • Denunciar infracciones
  • Ordenar la retirada de vehículos de la vía pública por los servicios de grúa cuando sea necesario
  • Actuar en coordinación con los controladores de las zonas de estacionamiento regulado (en el caso de Madrid, llamado S.E.R.)
  • Sus funciones sólo se limitan a la ordenación, la señalización y la dirección del tráfico dentro de un determinado municipio. No pueden desempeñar otras funciones (como policía judicial, por ejemplo) propias de la policía local.
  • No portan armas, ni pueden practicar detenciones. En todo caso hay que señalar que sí son agentes de la autoridad (siempre que estén de servicio), si bien subordinados a los miembros del Cuerpo de Policía Municipal.

Examen

El proceso de selección se realizará mediante el sistema de oposición. A la fase de oposición le seguirán la superación de un curso selectivo (cuya duración será de 1 mes)  y un periodo de prácticas (cuya duración será de 2 meses)

A la fase de oposición le seguirán la superación de un curso selectivo y un periodo de prácticas.

Primer ejercicio:

  • Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 70 preguntas que versarán sobre el contenido del  programa.
  • Los cuestionarios estarán compuestos por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.
  • El tiempo para la realización de este ejercicio será de 70 minutos.
  • Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada no tendrá valoración y la pregunta con contestación errónea se penalizará.

Segundo ejercicio:

  • Consistirá en la realización de pruebas psicotécnicas orientadas a comprobar que las aptitudes y rasgos de personalidad de los /las aspirantes son los más adecuados para las funciones a desempeñar.
  • Estas pruebas se calificarán como “apto” o “no apto”.

Tercer ejercicio:

Consistirá en la realización de las siguientes pruebas físicas en el orden que se relacionan:

  • 1º Prueba de velocidad (60 metros lisos)
  • 2º Lanzamiento de Balón Medicinal
  • 3º Salto de longitud desde posición de parado
  • 4º Prueba de resistencia (1500 metros lisos)

Será condición indispensable obtener, en cada prueba, la marca mínima exigida. Para poder participar en estas pruebas los aspirantes deberán presentar un certificado médico. 

En el desarrollo de estas pruebas deberá realizarse el control anti-doping a un número de aspirantes determinado al azar. Si un aspirante presenta en este control niveles de sustancias prohibidas superiores a los establecidos como máximas admisibles por el Consejo Superior de Deportes y demás organismos competentes, será eliminado de las pruebas por el Tribunal.

Cada prueba física se puntuará entre cinco y diez puntos. Para la superación del ejercicio es necesaria la superación de todas y cada una de las pruebas físicas. La puntuación total de las pruebas físicas para cada opositor/a resultará de realizar la media aritmética entre las 4 pruebas.

Cuarto ejercicio:

  • Reconocimiento médico, practicado por  los facultativos que se designe al efecto. Se realizarán  cuantas pruebas  clínicas, analíticas y complementarias, o de otra clase se consideren necesarias, para comprobar que el/la opositor/a no incurso en el cuadro médico de exclusiones que figura en la convocatoria.
  • Este reconocimiento se calificará como “apto” o “no apto”. Para su valoración y calificación se requerirán los servicios de personal especializado, que emitirá su informe  con arreglo a las bases.

Temario de la Oposición

Parte Genérica

  • Tema 1. La Constitución Española
  • Tema 2. La Corona
  • Tema 3. Las Cortes Generales
  • Tema 4. El Gobierno
  • Tema 5. La  organización territorial del Estado
  • Tema 6. El municipio
  • Tema 7. La provincia
  • Tema 8. Las Comunidades Autónomas
  • Tema 9. El Tribunal Constitucional
  • Tema 10. Políticas Sociales Públicas
  • Tema 11. El administrado
  • Tema 12. El acto administrativo
  • Tema 13. La Administración
  • Tema 14. Ley 39/2015 del procedimiento administrativo
  • Tema 15. Ley 40/2015 del Sector Público
  • Tema 16. Los recursos administrativos

Parte Específica

  • Tema 17. El Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid
  • Tema 18. Ley de Prevención de Riesgos Laborales
  • Tema 19. Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
  • Tema 20. Requisitos reglamentarios para circular respecto los conductores
  • Tema 21. Señalización
  • Tema 22. Accidentes de tráfico
  • Tema 23. La Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid
  • Tema 24. La Ordenanza de Diseño y gestión de Obras en la Vía Pública
  • Tema 25. Las multas de circulación municipales
  • Tema 26. El ejercicio y la coordinación de las competencias sobre tráfico y circulación
  • Tema 27. Dispositivos automáticos de control de infracciones
  • Tema 28. Ocupación temporal de la vía pública
  • Tema 29. El aparcamiento en la ciudad de Madrid
  • Tema 30. Tráfico rodado y ambiente urbano
  • Tema 31. Tráfico y convivencia en la ciudad de Madrid
  • Tema 32. Ordenanza de Protección contra la Coordinación Acústica y Térmica
  • Tema 33. La bicicleta en la ciudad de Madrid
  • Tema 34. El conductor conectado
  • Tema 35. Transportes públicos
  • Tema 36. Reglamento del Cuerpo de Agentes de Movilidad
  • Tema 37. Ley 59/2003 de firma electrónica
  • Tema 38. El enfoque de la Calidad en la gestión de los servicios públicos

Requisitos para presentarse a esta Oposición

Para ser admitidos en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir el último día de presentación de solicitudes y durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos:

  • Tener la nacionalidad española
  • Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad que le permita alcanzar la jubilación.
  • Estar en posesión, o en condiciones de obtener, el Título de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero  se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso la homologación.
  • No tener antecedentes penales
  • Estar en posesión de los permisos de conducir A, B y BTP antes de la finalización del plazo de presentación de instancias
  • Acreditar la aptitud física precisa mediante la presentación de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un Colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el/la aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de  las pruebas físicas correspondientes.

Actividades a desarrollar

El Agente de Movilidad es un empleado público municipal uniformado que se dedica exclusivamente al control y dirección del tráfico. Es un Cuerpo que fue creado con el objetivo de liberar a la Policía Municipal de las labores de organización del tráfico en las grandes ciudades, para centrarse así en otras tareas relacionadas con la seguridad ciudadana.

Dependen siempre del Cuerpo de Policía Municipal o Local del ayuntamiento al que pertenecen, y siempre están supeditados a él.

Algunas de las tareas que desarrollan son:

  • Velar por el cumplimiento de las normas de circulación y estacionamiento
  • Denunciar infracciones
  • Ordenar la retirada de vehículos de la vía pública por los servicios de grúa cuando sea necesario
  • Actuar en coordinación con los controladores de las zonas de estacionamiento regulado (en el caso de Madrid, llamado S.E.R.)
  • Sus funciones sólo se limitan a la ordenación, la señalización y la dirección del tráfico dentro de un determinado municipio. No pueden desempeñar otras funciones (como policía judicial, por ejemplo) propias de la policía local.
  • No portan armas, ni pueden practicar detenciones. En todo caso hay que señalar que sí son agentes de la autoridad (siempre que estén de servicio), si bien subordinados a los miembros del Cuerpo de Policía Municipal.

Examen

El proceso de selección se realizará mediante el sistema de oposición. A la fase de oposición le seguirán la superación de un curso selectivo (cuya duración será de 1 mes)  y un periodo de prácticas (cuya duración será de 2 meses)

A la fase de oposición le seguirán la superación de un curso selectivo y un periodo de prácticas.

Primer ejercicio:

  • Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 70 preguntas que versarán sobre el contenido del  programa.
  • Los cuestionarios estarán compuestos por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.
  • El tiempo para la realización de este ejercicio será de 70 minutos.
  • Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada no tendrá valoración y la pregunta con contestación errónea se penalizará.

Segundo ejercicio:

  • Consistirá en la realización de pruebas psicotécnicas orientadas a comprobar que las aptitudes y rasgos de personalidad de los /las aspirantes son los más adecuados para las funciones a desempeñar.
  • Estas pruebas se calificarán como “apto” o “no apto”.

Tercer ejercicio:

Consistirá en la realización de las siguientes pruebas físicas en el orden que se relacionan:

  • 1º Prueba de velocidad (60 metros lisos)
  • 2º Lanzamiento de Balón Medicinal
  • 3º Salto de longitud desde posición de parado
  • 4º Prueba de resistencia (1500 metros lisos)

Será condición indispensable obtener, en cada prueba, la marca mínima exigida. Para poder participar en estas pruebas los aspirantes deberán presentar un certificado médico. 

En el desarrollo de estas pruebas deberá realizarse el control anti-doping a un número de aspirantes determinado al azar. Si un aspirante presenta en este control niveles de sustancias prohibidas superiores a los establecidos como máximas admisibles por el Consejo Superior de Deportes y demás organismos competentes, será eliminado de las pruebas por el Tribunal.

Cada prueba física se puntuará entre cinco y diez puntos. Para la superación del ejercicio es necesaria la superación de todas y cada una de las pruebas físicas. La puntuación total de las pruebas físicas para cada opositor/a resultará de realizar la media aritmética entre las 4 pruebas.

Cuarto ejercicio:

  • Reconocimiento médico, practicado por  los facultativos que se designe al efecto. Se realizarán  cuantas pruebas  clínicas, analíticas y complementarias, o de otra clase se consideren necesarias, para comprobar que el/la opositor/a no incurso en el cuadro médico de exclusiones que figura en la convocatoria.
  • Este reconocimiento se calificará como “apto” o “no apto”. Para su valoración y calificación se requerirán los servicios de personal especializado, que emitirá su informe  con arreglo a las bases.

Temario de la Oposición

Parte Genérica

  • Tema 1. La Constitución Española
  • Tema 2. La Corona
  • Tema 3. Las Cortes Generales
  • Tema 4. El Gobierno
  • Tema 5. La  organización territorial del Estado
  • Tema 6. El municipio
  • Tema 7. La provincia
  • Tema 8. Las Comunidades Autónomas
  • Tema 9. El Tribunal Constitucional
  • Tema 10. Políticas Sociales Públicas
  • Tema 11. El administrado
  • Tema 12. El acto administrativo
  • Tema 13. La Administración
  • Tema 14. Ley 39/2015 del procedimiento administrativo
  • Tema 15. Ley 40/2015 del Sector Público
  • Tema 16. Los recursos administrativos

Parte Específica

  • Tema 17. El Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid
  • Tema 18. Ley de Prevención de Riesgos Laborales
  • Tema 19. Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
  • Tema 20. Requisitos reglamentarios para circular respecto los conductores
  • Tema 21. Señalización
  • Tema 22. Accidentes de tráfico
  • Tema 23. La Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid
  • Tema 24. La Ordenanza de Diseño y gestión de Obras en la Vía Pública
  • Tema 25. Las multas de circulación municipales
  • Tema 26. El ejercicio y la coordinación de las competencias sobre tráfico y circulación
  • Tema 27. Dispositivos automáticos de control de infracciones
  • Tema 28. Ocupación temporal de la vía pública
  • Tema 29. El aparcamiento en la ciudad de Madrid
  • Tema 30. Tráfico rodado y ambiente urbano
  • Tema 31. Tráfico y convivencia en la ciudad de Madrid
  • Tema 32. Ordenanza de Protección contra la Coordinación Acústica y Térmica
  • Tema 33. La bicicleta en la ciudad de Madrid
  • Tema 34. El conductor conectado
  • Tema 35. Transportes públicos
  • Tema 36. Reglamento del Cuerpo de Agentes de Movilidad
  • Tema 37. Ley 59/2003 de firma electrónica
  • Tema 38. El enfoque de la Calidad en la gestión de los servicios públicos

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